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- Resolución 5.208/2022
- AFIP
- Emitida el 21 de Junio de 2022
- Boletín Oficial, 22 de Junio de 2022
- Vigente, de alcance general
(*) Nota de Redacción: Se respeta el artículo tal como fue publicado oficialmente, advirtiendo que donde dice "artículo 79 de la Ley N° 27.431" debería decir artículo 79 de la Ley 27.341.
ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el 1 de julio de 2022.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
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