Ordenan a un municipio retractarse de las calificaciones agraviantes efectuadas contra trabajadores sindicalizados


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    Deviene procedente ordenar que el municipio demandado se rectifique públicamente de la publicación oficial en la que se identifica y denomina como "patota municipal" a un grupo de trabajadores sindicalizados que realizaron una acción gremial, toda vez que la publicación efectuada importa una palmaria lesión a los derechos personalísimos de los peticionantes, causando un evidente perjuicio al honor y a la reputación de los involucrados, pues conforme la definición de RAE, el término patota importa una calificación ofensiva y desacreditante, que sumado a la particularidad de identificar los nombres y apellidos de los actores, permite avizorar una falta de cautela y prudencia por parte de la accionada que pone de manifiesto la incuestionable intención de desacreditar y ofender.
    SENTENCIA
    27 de Mayo de 2022
    JUZGADO LABORAL. SANTA FE, SANTA FE
    Magistrados: Jorge Candioti
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    Carátula: Poretti, Claudia Guadalupe y otros c/ Municipalidad de San Carlos Centro s/ medida autosatisfactiva

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