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- LEY 3.428
- SANTA ROSA, 12 de Mayo de 2022
- Boletín Oficial, 10 de Junio de 2022
- Vigente, de alcance general
Artículo 1°: Autorízase al Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Pampa a implementar la utilización de expedientes, documentos, comunicaciones, notificaciones y domicilios electrónicos, firmas electrónicas y digitales, llevando adelante las adaptaciones necesarias para la aplicación de las tecnologías de la información y comunicación (TIC), en los procedimientos jurisdiccionales y administrativos que se tramitan ante el organismo en el marco del mandato que le confiere la Constitución Provincial y la legislación vigente, dándole idéntica eficacia y valor probatorio al establecido en el Decreto Ley N° 513/69, como en la Norma Jurídica de Facto N° 951 y su Decreto reglamentario N° 1684/79.
Artículo 2°: A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior el Tribunal de Cuentas podrá suscribir los convenios que resulten necesarios y dictar las normas reglamentarias correspondientes, con la gradualidad y bajo las normas de seguridad que al efecto establezca.
Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
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Fuente de Información

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