Ley 6543 de CIUDAD DE BUENOS AIRES


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    LEY 6.543
    CIUDAD DE BUENOS AIRES, 12 de Mayo de 2022
    Boletín Oficial, 7 de Junio de 2022
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley

    Artículo 1º.- Acéptase el legado testamentario con cargo otorgado por la señora Clara SIROTA, cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados "SIROTA CLARA S/SUCESIÓN TESTAMENTARIA" Expte. N° 28.288/2019, ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 61, Secretaría Única de esta Ciudad, a favor del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez".

    El legado a favor del nosocomio consiste en el diez por ciento (10%) del producido de todo su patrimonio existente al momento del fallecimiento de la causante, debiendo ser liquidado por los albaceas, quienes se ocuparán de que los mismos sean entregados en dinero efectivo.

    Art. 2º.- El legado a favor del Hospital indicado en el Artículo 1º de la presente ley, es con cargo de aplicar en una pared del nosocomio, la foto de su hija del corazón llamada Sol C.F. Sirota, foto que será proveída por el albacea, conforme la letra del testamento.

    Art. 3°.- Comuníquese, etc.

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