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- SENTENCIA
- 26 de Mayo de 2022
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala F
- Magistrados: Alejandra Noemí Tevez - Rafael Francisco Barreiro - Ernesto Lucchelli
Corresponde condenar a un banco a indemnizar a una persona, a quien le abrieron una cuenta a su nombre, emitiendo cheques sin fondo, puesto que cuando la demandada hubiera sido también víctima del engaño, fue su conducta negligente la que dio lugar a los hechos de los que resultó víctima la actora. La entidad bancaria no sólo omitió verificar en forma eficiente la identidad del solicitante, su domicilio real y las referencias denunciadas, lo que constituye un grave y objetivo incumplimiento de la exigencia establecida en el art. 52 bis de la Ley de Defensa del Consumidor
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Carátula: Cereghetti, Fabiana Noemí c/ Banco Santander Rio S.A. s/ ordinario
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