Decreto 818/22 de SANTA FE


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    DECRETO 818/2022
    SANTA FE, 13 de Mayo de 2022
    Boletín Oficial, 19 de Mayo de 2022
    Vigente, de alcance general
    Créase una Unidad Ejecutora como instancia orgánica sistémica de trabajo entre los Ministerios de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat y de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe.

    ARTICULO 1°: Créase una Unidad Ejecutora como instancia orgánica sistémica de trabajo entre los Ministerios de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat y de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe, que tendrá a su cargo coordinar las tareas de programación, conducción, contratación y supervisión de acciones tendientes a la ejecución en forma eficiente y eficaz de obras para mejorar las condiciones de habitabilidad en los barrios vulnerables con fondos propios y/o que al efecto remita a esta Provincia el Estado Nacional acorde a los objetivos del Programa Argentino Unida por los Barrios Populares y los convenios específicos celebrados al efecto, y del programa de Regularización Dominial de los Inmuebles asentados en el RENABAP (Ley N° 27.453).

    ARTICULO 2º: La Unidad Ejecutora tendrá dependencia directa de los Titulares Jurisdiccionales de los Ministerios de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat y de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe, quienes conformarán la Coordinación General, asistidos por una Coordinación Ejecutiva integrada por el Secretario de Hábitat, Urbanismo y Vivienda en representación del Ministerio de Infraestructura, Servidos Públicos y Hábitat de la Provincia de Santa Fe, acorde a las funciones y atribuciones dispuestas por la Ley Provincial 13.920 y Decreto 091/21, y por el Secretario de Políticas de Inclusión y Desarrollo Territorial en representación del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe.

    ARTÍCULO 3º: La Unidad Ejecutora se conformará para sus objetivos con equipos de trabajo integrados por personal y funcionarios dependientes de los Ministerios según las necesidades de cada uno de los proyectos y se distribuirán en: "Área Social", "Ares Proyectos y Conducción Técnica y de Seguimiento de Proyectos", "Área Administrativa-Contable" y "Área Legal", áreas cuyos responsables serán definidos en forma conjunta por los titulares jurisdiccionales a cargo de la Unidad Ejecutora, cuyas misiones y funciones obran en el Anexo 1 que pasa a formar parte del presente Decreto.

    ARTÍCULO 4º: La Unidad Ejecutora tendrá a su cargo las siguientes funciones:

    a) Realizar el diagnóstico socio ambiental, que dé cuenta de la situación de vulnerabilidad de las familias del barrio popular en que se proponen las intervenciones;

    b) Identificar y evaluar la factibilidad técnica y presupuestaria-financiera de las obras propuestas a ejecutar en el marco de los Argentina Unida por los Barrios Populares y Regularización Dominial de inmuebles del RENABAP;

    c) Aprobar por la Coordinación General, las propuestas a ejecutar y, en particular, los Convenios Específicos del Programa Argentina Unidad por la Integración de los Barrios Populares a celebrar con la Secretaría de Integración Socio -Urbana de la Nación; dando cuenta al Ministerio de Gestión Pública, en tanto autoridad de aplicación del Plan Incluir creado por Decreto N° 1184/20, atento la concurrencia con sus objetivos y la necesidad de la optimización de la aplicación de recursos en los distintos proyectos;

    d) Instrumentar los procedimientos necesarios para la contratación de obras y adquisición de bienes de uso, de consumo y servicios, garantizando la participación de Cooperativas de Trabajo y de las Organizaciones Sociales;

    e) Efectuar el seguimiento de la ejecución y fiscalización de las obras, proyectos y actividades, certificando el avance y recepción (provisoria y definitiva) de las mismas;

    f) Realizar las tareas de índole técnico/administrativas necesarias para la concreción de la ejecución de los proyectos de inclusión socio urbana aprobados por la Coordinación General.

    ARTICULO 5º: Facúltase a los Titulares Jurisdiccionales a cargo de la Unidad Ejecutora a dictar los reglamentos necesarios para la coordinación de actuaciones conjuntas entre las estructuras funcionales de ambos Ministerios a los fines de cumplir con los objetivos para los cuales fue creada la Unidad.

    ARTICULO 6º: Comuníquese al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación el presente Decreto.

    ARTÍCULO 7º: Refréndese por la señora Ministra de Infraestructura, Servidos Públicos y Hábitat y el señor Ministro de Desarrollo Social.

    ARTÍCULO 8º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

    MISIONES Y FUNCIONES DE LAS ÁREAS INTEGRANTES DE LA UNIDAD Coordinación Ejecutiva con las siguientes funciones:

    a) Realizar todas las gestiones y actividades necesarias para concretar los objetivos del Convenio Marco de Cooperación con la Nación.

    b) Representar a la Unidad Ejecutora ante las Jurisdicciones Nacionales, Provinciales y Organismos Financieros.

    c) Asesorar a la Coordinación General de la Unidad Ejecutora.

    d) Coordinar y supervisar el trabajo de todas las áreas de la Unidad Ejecutora.

    e) Coordinar todas las actividades actualmente en ejecución y/o previstas que sean necesarias con el objetivo de ejecutar los distintos componentes, de acuerdo con la normativa que al efecto se establezca, adecuando en caso de ser necesario, su conformación y facultades.

    f) Aprobar el/los proyectos/s que se formulen, en base a los informes técnicos de las áreas respectivas.

    g) Formular las orientaciones previas respecto a la presentación de los proyectos y definirlas propuestas preliminares de inversiones para cada ejercicio.

    h) Aprobar el cumplimiento de los criterios de evaluación de proyectos.

    i) Formular los programas de inversión anual y someterlos a revisión por parte de los organismos competentes.

    j) Supervisar las rendiciones de cuentas consolidadas que deba presentar la Provincia en los períodos pertinentes.

    h) Intervenir en todo lo referente a la ejecución de programas físicos y de fortalecimiento institucional, aprobación de certificados de obra, servicios y facturas de compra, emisión de órdenes de desembolso y uso apropiado de fondos y en toda aquella actividad prevista en la normativa en vigencia.

    i) Realizar las comunicaciones de las autorizaciones que correspondan respecto de la licitación, adjudicación e inicio de obras.

    Área Técnica de Proyectos y Contrataciones con las siguientes funciones:

    a) Intervenir en todas las acciones administrativas destinadas a elaboración de documentos licitatorios, llamados a licitación, calificación, adjudicación, conformación de comisiones evaluadoras, de obras, bienes y servicios a contratar para la ejecución del Proyecto.

    b) Coordinar las actividades de seguimiento, supervisión y control de las obras.

    c) Intervenir, supervisar y controlar la emisión de certificaciones de obras.

    d) Supervisar y controlar el cumplimiento de los planes de trajo presentados por la/s contratista/s y aprobados por el Comitente.

    e) Intervenir, junto con la Supervisión de Obra en todo lo referente a aspectos técnicos de las obras.

    f) Intervenir en la aprobación de los proyectos de las obras, desde el punto de vista socio- ambiental y los impactos que generan.

    g) Coordinar las actividades de seguimiento, supervisión y control de los impactos socio- ambientales generados por las obras.

    h) Intervenir, supervisar y controlar las medidas de mitigación.

    i) Intervenir, supervisar y controlar la emisión de certificaciones de servicios.

    j) Intervenir en todo lo referente a aspectos socio-ambientales de los proyectos.

    l) Coordinar las actividades de seguimiento, supervisión y control de los componentes específicos.

    k) Intervenir, supervisar y controlar la emisión de certificaciones de servicios.

    Área de Seguimiento de la Ejecución de los Proyectos con las siguientes funciones:

    a) Supervisar la aplicación de las normas exigidas por el organismo provincial en lo referente a procesos de licitaciones y contrataciones.

    b) Participar en la elaboración del/los pliego/s licitatorio/s de obras.

    c) Gestionar todos los procesos de la/s licitación/es a desarrollarse en el marco del préstamo.

    d) Elaborar actos administrativos necesarios para el desarrollo de los contratos.

    e) Supervisar el seguimiento contractual de las licitaciones.

    Área de Gestión de Componentes Ambientales y Sociales con las siguientes funciones:

    a) Intervenir en todo lo referente a aspectos socio -ambientales de los proyectos.

    b) Aprobar tos proyectos de inversión relacionados con componentes sociales y ambientales.

    c) Coordinar las actividades de seguimiento, supervisión y control de los componentes específicos.

    d) Intervenir, supervisar y controlar la emisión de certificaciones de servidos.

    e) Supervisar el cumplimiento de los planes de trabajos aprobados.

    Área Administración, Finanzas y Desembolsos, con las siguientes funciones:

    a) Gestionar los desembolsos para el financiamiento del proyecto.

    b) Informar a la Coordinación Ejecutiva y Coordinación Operativa sobre la ejecución financiera del Proyecto.

    c) Remitir los informes de auditoría convenidos.

    d) Efectuar las rendiciones de cuentas consolidadas que deba presentar la Provincia en los períodos pertinentes ante el organismo de financiamiento Internacional.

    Área Legal con las siguientes funciones:

    a) Brindar asesoramiento legal general para todos los niveles operativos y administrativos de la Unidad Ejecutora.

    b) Asesorar a la Coordinación General y Ejecutiva en todo lo concerniente a acuerdos, convenios, etc., en los que la Unidad tenga que participar.

    c) Verificar todos los aspectos referidos a la elegibilidad de los proyectos desde el punto de vista de las normas de titularidad de dominio y demás aspectos jurídicos que pudieran surgir, emitiendo los dictámenes correspondientes.

    d) Intervenir en todos los procesos licitatorios, concursos de precios y contrataciones.

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