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- DECRETO 1.898/
- SAN LUIS, 25 de Marzo de 2022
- Boletín Oficial, 11 de Mayo de 2022
- Vigente, de alcance general
Art.1º.- Conformar a partir del 02 de marzo de 2022, la estructura de la Secretaría de Estado de Finanzas bajo la dependencia administrativa del Ministerio de Hacienda Pública, de la siguiente manera:
1. SECRETARIA DE ESTADO DE FINANZAS 1.1. Secretaría Privada 1.2. Oficina Despacho 1.3. PROGRAMA FINANZAS Y SERVICIOS FINANCIEROS 1.3.1. Subprograma Bancos y Control de Ingresos 1.3.2. Subprograma Control de Fuentes de Financiamiento con Afectación Específica 1.3.3. Área Control de Finanzas 1.4. PROGRAMA INNOVACIÓN FINANCIERA 1.4.1. Subprograma Coordinación del Acceso al Crédito.
1.4.1.1. Área Estrategias Financieras 1.4.2. Subprograma Mercado de Capitales y Nuevas Herramientas Financieras 1.4.2.1. Área Sistema de Información de Mercados y Monedas Digitales 1.5. PROGRAMA INCENTIVOS PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO PROVINCIAL DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA Y PRIVADA 1.5.1. Subprograma Análisis de Proyectos de Inversión 1.5.2. Subprograma de Incentivos Fiscales 1.5.2.1. Área Gestión 1.5.2.2 Área Fiscalización y Control 1.6. CAJA SOCIAL Y FINANCIERA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS 1.6.1. Subprograma Juegos de Azar 1.6.1.1. Área Control y Regulación de Juegos de Azar 1.6.2. Subprograma Inclusión Financiera 1.6.2.1. Área Articulación y Control 1.6.2.2. Área Contable y Seguros 1.6.2.3. Área Dominial
Art. 2º.- Asignar las siguientes funciones a los organismos que se detallan:
1. SECRETARIA DE ESTADO DE FINANZAS 1.1. SECRETARIA PRIVADA Asistir al Secretario de Estado de Finanzas, en toda actividad oficial y extraoficial que desempeñe en cumplimiento de sus obligaciones funcionales.
Asistir al Secretario de Estado de Finanzas en la organización y la coordinación de reuniones.
Participar en la elaboración y redacción de notas y distintas comunicaciones.
Llevar la agenda diaria y coordinar audiencias del Secretario de Estado de Finanzas.- 1.2. OFICINA DESPACHO:
Recibir, clasificar y distribuir la correspondencia y documentación que deba ser suscripta por el Secretario de Estado de Finanzas, conforme la compatibilidad que le asigne la Ley de Ministerios.
Supervisar e impulsar el trámite correspondiente a toda la documentación que ingresa y egresa de la Mesa de Entradas de la Secretaria de Estado de Finanzas.
Entender en todos los aspectos vinculados a la Mesa de Entradas y Despacho de la Secretaria de Estado de Finanzas.
Elaborar proyectos de resoluciones, decretos de la Secretaría de Estado de Finanzas y administrar el archivo.
Elaborar y dictar providencias para la firma del Secretario de Estado de Finanzas.
Dirigir el personal a cargo del Despacho, Mesa de Entradas y maestranza de la Secretaria de Estado de Finanzas.- 1.3. PROGRAMA FINANZAS Y SERVICIOS FINANCIEROS Centralizar la información y la recaudación de los recursos del sector público provincial para hacer frente a las obligaciones financieras del mismo. Administrar el sistema de saldo consolidado que establece el Art. 67 de la Ley Nº VIII-0256-2004 Ley de Contabilidad, Administración y Control Público de la Provincia de San Luis.
Ejercer la supervisión técnica de las unidades o servicios de tesorería que operen en el sector público provincial.
Coordinar con la institución bancaria que actúe como agente financiero de la Provincia, la administración de liquidez del sector público provincial, fijando políticas sobre mantenimiento y utilización de los saldos de caja.
Realizar las inversiones temporales de fondos de todo el sector público provincial, previa autorización del Poder Ejecutivo.
Emitir Letras del Tesoro para atender desequilibrios transitorios de caja, cuyo vencimiento de rescate se opere dentro del ejercicio financiero de su emisión, previa autorización del Poder Ejecutivo.
Controlar y efectuar el seguimiento hasta la finalización de todas las acciones, presentaciones y gestiones judiciales dirigidas al resguardo del Crédito Fiscal de la Provincia, con el debido patrocinio de Fiscalía de Estado.
Implementar acciones que permitan a la optimización de los recursos y comunicación entre los distintos organismos de la Secretaría de Estado de Finanzas y del Ministerio de Hacienda Pública.
Desarrollar políticas de relaciones interinstitucionales y comunicación que brinden transparencia de los actos desarrollados en el ámbito de la Secretaría de Estado de Finanzas.
Emitir Resoluciones y normas técnicas para el cumplimiento de su gestión.
Controlar las actividades que desarrollen las entidades bancarias, financieras, de crédito y ahorro, conforme al régimen legal vigente. Avanzar en la acciones de vinculación entre funcionarios nacionales y provinciales a fin de que las relaciones entre los mismos sean cada vez más fluidas y productivas, siempre dentro del marco de acuerdos firmados y cumplimiento del Presupuesto Nacional.- 1.3.1. SUBPROGRAMA BANCOS Y CONTROL DE INGRESOS Efectuar conciliaciones bancarias diarias mediante el Sistema Contable de todas las cuentas corrientes de la Administración Central. Presentar los Balances Bancarios (digitales) diarios en tiempo y forma al Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis. Elaborar diariamente el informe financiero con la evolución de las reservas de la provincia de San Luis, de suma importancia para la toma de decisiones.- 1.3.2. SUBPROGRAMA CONTROL DE FUENTES DE FINANCIAMIENTO CON AFECTACIÓN ESPECÍFICA Control de las fuentes financieras de origen internacional, nacional y provincial que por norma tengan una afectación de recursos específica, que se encuentran vigentes o a crearse en el futuro.
Asesorar a los distintos organismos en lo referido a la gestión de recaudación de los recursos no tributarios provinciales, tendiendo a la eficiencia en su recaudación.
Asesorar sobre el correcto uso y rendición de los fondos afectados de origen nacional e internacional.- 1.3.3. ÁREA CONTROL DE FINANZAS Administrar y gestionar (apertura, cierre y cambio de firmantes) todas las cuentas bancarias de la Administración Central.
Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.- 1.4. PROGRAMA INNOVACION FINANCIERA Entender en los diferentes aspectos crediticios de la política financiera para acercar a los diversos sectores productivos de la Provincia, tanto al financiamiento interno como externo potenciando sus negocios y coordinar acciones con entidades financieras, nacionales y extranjeras, públicas y privadas.
Planificar e instrumentar políticas tendientes a propiciar la captación de financiamiento de corto y largo plazo, nacional e internacional con organismos multilaterales de crédito y mercado de capitales con destino a proyectos productivos a desarrollarse en el ámbito de la Provincia.
Colaborar en el análisis de los aspectos tributarios que afectan al crédito.
Asistir en la dirección y supervisión del sistema de crédito publico y en la ejecución de las funciones de coordinación de los sistemas de administración financiera del sector público provincial.
Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen legal e impositivo que involucre tanto a mercado de capitales como a las nuevas tecnologías financieras que se implementen en la Provincia.
Coordinar la participación con el Ministerio de Economía de la Nación, y en los grupos intergubernamentales, foros financieros regionales e internacionales, y foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el sistema financiero internacional y con las nuevas tecnologías financieras.- 1.4.1. SUBPROGRAMA COORDINACIÓN DEL ACCESO AL CRÉDITO:
Asistir en el diseño y ejecución de políticas y medidas relativas al financiamiento de los sectores productivos tanto públicos como privados.
Entender en la administración, seguimiento, control y amortización de los préstamos destinados a financiar proyectos en el ámbito de la Provincia.
Asesorar en el diseño e implementación de políticas publicas vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras locales con los distintos sectores socio económicos de la Provincia.- 1.4.1.1. ÁREA ESTRATEGIAS FINANCIERAS:
Asistir en las acciones orientadas a preservar el crédito público.- Buscar fuentes de financiamiento con destino a proyectos productivos provinciales que permitan utilizar nuevos esquemas que no incrementen la deuda estatal.
Generar estrategias para modernizar la administración pública en materia financiera y crediticia.- 1.4.2. SUBPROGRAMA MERCADO DE CAPITALES Y NUEVAS HERRAMIENTAS FINANCIERAS:
Interactuar con la Comisión Nacional de Valores, la Superintendencia de Seguros de la Nación y el Poder Ejecutivo Nacional, como así también en los aspectos administrativos de las relaciones del Banco Central de la República Argentina en lo atinente a normativas, herramientas y política financiera y tecnológicas destinadas a los sectores socioeconómicos y productivos.
Entender en la elaboración de propuestas que vinculen las normas involucradas en los distintos servicios financieros y de aquellas medidas que propicien la transparencia de los mercados financieros y la protección del consumidor en dicho ámbito.
Asesorar en la implementación de herramientas relacionadas con los servicios financieros del mercado de capitales, de monedas digitales y de toda nueva tecnología financiera para el desarrollo y financiamiento de la actividad productiva en la provincia.
Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros del estado provincial y asistir en los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.- 1.4.2.1 ÁREA SISTEMA DE INFORMACION DE MERCADOS Y MONEDAS DIGITALES:
Entender sobre la organización de los sistemas de información de los mercados de capitales.
Coordinar y administrar los sistemas de información de los mercados de capitales, para instrumentar políticas tendientes a propiciar la captación de financiamiento de corto y largo plazo.- 1.5 PROGRAMA INCENTIVOS PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO PROVINCIAL DE PARTICIPACION PÚBLICA Y PRIVADA Coordinar los diferentes incentivos fiscales y económicos vigentes en la Provincia con el objeto de la generación de puestos de trabajo genuinos, fomento a la inversión y desarrollo de la economía provincial.
Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen legal e impositivo que involucre sectores productivos y de desarrollo provincial.
Entender en el desarrollo de vínculos de carácter fiscal y financiero con el Estado Nacional y los estados provinciales, en forma conjunta con el Ministerio de Hacienda Pública.- 1.5.1. SUBPROGRAMA ANALISIS DE PROYECTOS DE INVERSIÓN Evaluar y analizar la asunción de riesgo y obligaciones por parte del Sector Público Provincial relacionado con la estructura financiera y medición de rentabilidad.
Evaluar y analizar los proyectos privados para obtención de beneficios fiscales, económicos e impositivos.
Evaluar y analizar de proyectos mixtos o de participación pública y privada.- 1.5.2 SUBPROGRAMA DE INCENTIVOS FISCALES Coordinar los regímenes de beneficios fiscales provinciales para promover la inversión privada.
Difundir y promover los incentivos fiscales vigentes y asesorar a los distintos ministerios en el diseño e implementación de nuevos instrumentos de fomento.
Estimar los costos fiscales derivados de los beneficios y los cupos presupuestarios anuales.- 1.5.2.1 AREA GESTION Asesorar en el acceso para la obtención de beneficios fiscales a los diferentes sectores de la economía provincial.
Coordinar y articular con organismos nacionales la difusión de los beneficios fiscales y económicos vigentes contenidos en normas nacionales.
Crear e implementar el registro público permanente de beneficios fiscales y económicos otorgados, con su respectivo costo fiscal, por sectores y por beneficiarios.- 1.5.2.2. AREA FISCALIZACIÓN Y CONTROL Realizar el seguimiento de los proyectos beneficiados con incentivos fiscales y económicos provinciales.
Controlar las certificaciones emitidas por parte de la autoridad de aplicación de la ley de beneficio.
Verificar el cumplimiento de los compromisos asumidos.
Aplicar sanciones y medidas necesarias ante el incumplimiento.- 1.6. CAJA SOCIAL Y FINANCIERA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS:
Administrar y controlar el régimen de los juegos de azar, lotería y casinos, a fin de asegurar que los fondos provenientes de ellos sean invertidos con fines sociales y en beneficio de la comunidad.
Ejercer las competencias y funciones establecidas por Ley N° V-0866- 2013.
Desempeñar la autoridad de aplicación de la Ley N° V-0145-2004 de Juegos de Azar, con la asistencia de sus respectivas dependencias de la Ley Nº VIII-0719-2010 Promoción de la Cultura del Ahorro en Estampillas y Desarrollo de la Actividad Filatélica y Leyes N° V-0139-2004 La Punta, Complejo Urbanístico, Subasta y/o Venta y V-0140-2004 La Ribera, Complejo Urbanístico -Villa Mercedes Subasta de Bienes Inmuebles.
Colaborar en el diseño de políticas públicas relativas al financiamiento de sectores productivos públicos y privados y de la economía social.
Promover la modernización de los regímenes que aplica, procurando la utilización de nuevas tecnologías que redunden en mayor agilidad y eficiencia de los procesos.
Propiciar y colaborar en las acciones de inclusión financiera que aplique la Secretaría de Estado de Finanzas, adaptando los procesos a las nuevas monedas digitales y toda nueva tecnología para el desarrollo y financiamiento de las actividades productivas en San Luis.- 1.6.1. SUBPROGRAMA JUEGOS DE AZAR:
Controlar exhaustivamente el cumplimiento de los contratos de concesiones otorgadas, tales como los de gestión, gerenciamiento, administración, comercialización y explotación de los juegos de azar en el ámbito de la Provincia, como los de Casinos, Máquinas Tragamonedas e Hipódromos. Asimismo, debe autorizar nuevos juegos con sus respectivos reglamentos y elaborar estadísticas.- 1.6.1.1. ÁREA CONTROL Y REGULACIÓN DE JUEGOS DE AZAR:
Coordinar las políticas desarrolladas por el Programa Integral de Juego Responsable en el marco de la Responsabilidad Social, con F.A.S y el Grupo Slots.
Elaborar las políticas y dirigir las acciones en relación a la prevención del juego patológico promoviendo conductas responsables, capacitando en la materia al personal de las empresas concesionarias, titulares de las agencias de lotería, como así también a los trabajadores de la salud, y área de Capacitación del Poder Judicial de la Provincia.- 1.6.2. SUBPROGRAMA INCLUSION FINANCIERA:
Fomentar las políticas relacionadas con la promoción de la cultura del ahorro y el desarrollo de la actividad filatélica.
Gestionar conforme los términos de la Ley Nº VIII-0752-2011 el aporte y pago de las Estampillas Escolares en forma anual, realizando los canjes y cesión solicitados por los tenedores.
Instrumentar la gestión y cobro de los préstamos otorgados en el marco del Ex Programa Nuevas Empresas, Emprendedores, Plan San Luis Te Cuida Decreto Nº 4390-MHP-2018, San Luis en Movimiento Decreto Nº 6388-SGG-ST-2019 y colaborar en la gestión de otros créditos que otorgue o haya otorgado en Estado Provincial.
Diseñar e implementar instancias de capacitación permanente, y asesoramiento en materia financiera para fomentar el desarrollo productivo y la inclusión de los diversos sectores productivos de San Luis.- 1.6.2.1. ÁREA ARTICULACIÓN Y CONTROL Coadyuvar y asistir al Subprograma Inclusión Financiera a la consecución de las políticas públicas a cargo.
Mantener el registro, control y recepción de documentación de todo lo concerniente al Subprograma Inclusión Financiera.- 1.6.2.2. ÁREA CONTABLE Y SEGUROS:
Llevar adelante todas las operaciones de seguros de vida e incapacidad de los agentes de la Administración Pública Provincial, Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Universidad Provincial de Oficios y Municipalidades adheridas.
Elaborar el presupuesto anual de recursos y gastos, efectuar las programaciones financieras mensuales. Tendrá bajo su dependencia la Tesorería y los Departamentos Contables, Compras, Personal y Mantenimiento de la Caja Social y Financiera.- 1.6.2.3. ÁREA DOMINIAL:
Gestionar lo concerniente a la escrituración de Regularización Dominial de las Unidades Funcionales canceladas de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis y cancelaciones de hipotecas sobre terrenos para construcción de locales y emprendimientos productivos.-
Art. 3º.- El Gerente de la Caja Social de la Provincia de San Luis, percibirá la remuneración establecida para asesores Grupo 5 y sus correspondientes adicionales.-
Art.4º.- El Ministerio de Hacienda Pública a través del área correspondiente, deberá adecuar las partidas presupuestarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente Decreto.-
Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a los organismos que correspondan.-
Art. 6º.- El presente decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Finanzas y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
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