Ley 10967 de ENTRE RIOS


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    LEY 10.967
    PARANA, 27 de Abril de 2022
    Boletín Oficial, 10 de Mayo de 2022
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de Ley:

    Art. 1° - Autorícese al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a aceptar la donación formulada por la Municipalidad de Villa Libertador San Martín de un inmueble de su propiedad, ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Diamante, Municipio Libertador San Martín, Barrio Puiggari, identificado con Partida Provincial N° 128.424, Plano de Mensura N° 43.251, con una superficie s/Mensura de 1.063,50 m2, en calle Sofio Jaime, entre calle San Martín y Los Ceibos, con los siguientes límites y linderos:

    Noreste: líneas: 1-2 al rumbo S 40° 09' E de 20,73 m; 2-3 al rumbo S 27° 37' E de 15,17 m ambas con calle Sofio Jaime.

    Sureste: línea 3-4 al rumbo S 51° 03' O de 47,85 m con Calle Los Ceibos.

    Suroeste: líneas 4-5 al rumbo N 24° 07' O de 8,34 m con Calle Independencia; 5-6 al rumbo N 54° 36' E de 23,30 m; 6-7 al rumbo N 40° 37' O de 28,45 m ambas con Eduardo Meier.

    Noroeste: línea 7-1 al rumbo N 49° 51' E de 25,84 m con Municipalidad de Libertador San Martín.

    Art. 2° - Establécese que la donación efectuada en el artículo precedente sea con cargo de afectar el inmueble exclusivamente a la construcción de un Centro de Salud del Primer Nivel de Atención.

    Art. 3° - Facúltese a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites conducentes a la efectiva transferencia del dominio del inmueble individualizado en el Artículo 1°, a favor del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos.

    Art. 4° - De forma.

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