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- Resolución 471/2022
- MJyDH
- Emitida el 13 de Mayo de 2022
- Boletín Oficial, 17 de Mayo de 2022
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 2º.- Establécese que, el "PROGRAMA DE PATROCINIO JURÍDICO Y ACOMPAÑAMIENTO INTERDISCIPLINARIO PARA NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES VÍCTIMAS DE ABUSO SEXUAL", tendrá por objetivo brindar atención y patrocinio jurídico gratuito e integral en casos de abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes, desde el inicio del procedimiento judicial o administrativo, con el objeto de garantizar el derecho humano de un acceso a la justicia de manera oportuna y eficaz.
ARTÍCULO 3º.- Serán funciones del referido Programa:.
a) Brindar patrocinio y asesoramiento jurídico gratuito, especializado e integral en todo el territorio nacional a los niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual.
b) Proporcionar atención especializada e interdisciplinaria a niñas, niños y adolescentes víctimas de abuso sexual desde el enfoque de derechos humanos, género, intercultural y social de la discapacidad.
c) Coordinar y cooperar con otros organismos del Poder Ejecutivo, Poder Judicial y Ministerio Público de la Defensa y Fiscal, y organismos nacionales, provinciales y municipales, a fin de brindar una respuesta eficiente, tanto en sede administrativa como judicial.
d) Proponer la celebración de convenios y coordinar acciones con colegios profesionales, instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil para brindar asistencia jurídica especializada y gratuita.
e) Capacitar y generar espacios de formación profesional, técnica, actualización normativa y sensibilización, para personal y funcionarios/as del Poder Judicial, sistemas de salud, educación y/o cualquier otro/a profesional que se desempeñe en el abordaje integral del abuso sexual de niñas, niños y adolescentes.
f) Difundir los contenidos del Programa como así también promover la producción y difusión de datos estadísticos e investigaciones relacionadas con la temática.
g) Realizar presentaciones de "Amicus Curiae".
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
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