Ley 9384 de MENDOZA


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    LEY 9.384
    MENDOZA, 5 de Abril de 2022
    Boletín Oficial, 29 de Abril de 2022
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1º- Modifíquese el Artículo 3º de la Ley Nº 9300, el que quedará redactado de la siguiente forma:

    "Artículo 3º- El Ministerio de Economía y Energía, a través de la Dirección de Agricultura o quien en el futuro lo reemplace, será la Autoridad de Aplicación de la presente ley, correspondiéndole coordinar las funciones y servicios de los demás organismos nacionales, provinciales y municipales."

    Art. 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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