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- SENTENCIA
- 22 de Abril de 2022
- JUZGADO EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: María Romilda Servini
Corresponde hacer lugar a la acción de amparo impulsada por varias agrupaciones y asociaciones de abogados y, en consecuencia ordenar que los lugares de votación de las elecciones del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, deben estar dentro del ámbito geográfico de la Ciudad de Buenos Aires, que el desdoblamiento de los lugares de votación en un ámbito ajeno a la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, supone, además, un probable problema de control, organización, fiscalización e incluso de logística, situación que no debe ser pasada por alto, teniendo en cuenta los posibles inconvenientes que pudiesen surgir durante el desarrollo del acto comicial.
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Carátula: Aguirre Saravia, Raúl y otros c/ Colegio Público de Abogados de la Capital Federal s/ formula petición - amparo
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