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- LEY 3.520-G
- RESISTENCIA, 9 de Marzo de 2022
- Boletín Oficial, 11 de Abril de 2022
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º: Adhiérese la Provincia del Chaco a la ley nacional 27.575, por la que se declara el 29 de agosto de cada año como el Día de la Persona Donante de Órganos.
ARTÍCULO 2º: Será autoridad de aplicación de la presente el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología o el organismo que en el futuro la reemplace.
ARTÍCULO 3°: La fecha mencionada en el artículo 1º queda incorporada al calendario de actos y conmemoraciones oficiales de la Provincia.
ARTÍCULO 4°: El organismo de aplicación tendrá a su cargo arbitrar las medidas necesarias para realizar actividades y campañas tendientes a la difusión de la importancia de ser donantes de órganos.
ARTÍCULO 5º: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes