Resolución 5186/22 - Administración Federal de Ingresos Públicos


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    Resolución 5.186/2022
    AFIP
    Emitida el 19 de Abril de 2022
    Boletín Oficial, 20 de Abril de 2022
    Vigente, de alcance general
    ARTÍCULO 1°.- El MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL podrá efectuar las notificaciones y comunicaciones que se consignan en el Anexo (IF-2022-00546984-AFIP-SATADVCOAD#SDGCTI) que se aprueba y forma parte de la presente, conforme lo dispuesto por el inciso g) del artículo 100 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.

    ARTÍCULO 2°.- A los efectos de las comunicaciones y notificaciones será de aplicación lo establecido por el Capítulo C de la Resolución General N° 4.280 y su modificatoria de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

    ARTÍCULO 3°.- La constitución del domicilio fiscal electrónico por parte de los contribuyentes y/o responsables se efectuará observando el procedimiento dispuesto por el Capítulo A de la norma mencionada en el artículo precedente.

    ARTÍCULO 4º.- Abrogar la Resolución General Conjunta N° 4.020 (AFIP-MTEySS) del 31 de marzo de 2017 y la Resolución General Conjunta N° 4.970 (AFIP-MTEySS) del 20 de abril de 2021.

    ARTÍCULO 5°.- La presente norma conjunta entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

    ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

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