- La hermana de un abuelo o abuela de la persona de quien se trate. La relación civil es la del cuarto grado de parentesco, que se* halla aún dentro de lo sucesible ab intestato. Esta relación familiar se encuentra comprendida también, con respecto al sobrino nieto (v.e.v.), en situación de crear un impedimento matrimonial, dispensable por colateral y ya algo lejano.
[Inicio] >>

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda