- Locución latina. Tercer género. Denominación que se aplica para caracterizar una posición distinta entre dos clásicas y al parecer irreducibles o únicas. Así, algunos autores entienden que el Derecho Laboral (v.e.v.) no es de índole pública ni privada, sino de naturaleza peculiar, que justificaría un "tertium genus* Doctrinalmente, la tesis ha sido definida y defendida por Radbruch, y luego por Castán en España y por Cesarino Júnior en el Brasil.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda