- Único. Carente de compañía. Sin p¿ rientes, al menos cercanos. Quien vive sin nadie más en una casa, piso o vivienda independiente, jj Desvalido, sin amparo, socorro ni ayuda. Recluso en celda.
A solas: sin ayuda. Sin compañía. Sin tercero. Así se refiere a la oportunidad que buscan dos para un asunto común, en perjuicio de otro en ocasiones (como el adulterio) o para evitar coacciones; como el interrogatorio que, en el depósito de pet¿znat (v.e.v.), debe el juez dirigir a la casada o a la soltera (arts. 1.882 y 1.902 de la Ley de Enj, Gv esp.).
De solo a solo: sin ajena intervención. f Entre dos tan sólo.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda