- Volver a poner o colocar. Devolver el cargo o posición que se tenía antes de la privación o pérdida del mismo. Reintegrar. (¡ Sustituir lo faltante o retirado. Restituir con secreto o precauciones iguales a las de la sustracción, las sumas o cosas temporalmente usadas como propias contra derecho. (v. MALVERSACIÓN DE CAUDALES.) | | Oponer, replicar, objetar. Reformar un auto o providencia el juez o tribunal que lo dictó y contra el cual se ha presentado el recurso de reposición (v.e.v.). Volver una causa al estado en que se encontraba antes de omitir alguna diligencia o trámite esencial; por lo común, luego del consiguiente recurso de casación por quebrantamiento de forma, para reanudar debidamente los trámites procesales infringidos.
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