- La principal de las obligaciones del curador del incapaz consiste en que éste recobre su capacidad o la adquiera; y a tal finalidad aplicará con preferencia (as rentas de sus bienes (art. 481 del Cód. Civ. arg.).
Si el tutor, antes de aprobadas las cuentas, contrae matrimonio con la menor que tenga o haya tenido bajo su tutela, pierde la asignación que le habría correspondido sobre las rentas de la pupila (art. 12 de la Ley de matr. civ. arg.).
Los padres no pueden enajenar, sin licencia Judicial, las rentas filiales constituidas sobre la deuda nacional (art. 297 del Cód. Civ.). Cuando el padre sea removido de la administración de los bienes de los hijos, el tutor que le sustituya, luego de satisfechos los gastos del menor y los de alimentos y administración, entregará al padre el sobrante de las rentas (art, 303), Sobre las rentas de los sujetos a tutela, v. los arts. 423 y ss., 453 y 458 del texto cit.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda