- Fórmula alternativa y escueta de contestación, a la que han de atenerse los jurados al formular el veredicto (v.e.v.), de acuerdo con las preguntas que le formule el presidente del tribunal de Derecho. Obedece ello a que los jurados resuelven "en conciencia" y no están obligados a fundar su parecer.
Por sí o por no han de manifestarse los contrayentes en el momento de dirigirles el sacerdote o el funcionario público, según la clase de matrimonio, la pregunta fundamental que crea el vínculo conyugal: la de si se aceptan recíprocamente por marido y mujer.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda