- En la clásica división de poderes, aquel que tiene por finalidad llevar a desarrollo práctico las leyes, ostentando la dirección suprema de los asuntos nacionales. El gobierno o Poder constituido. Administrativamente, el gobierno y todos los órganos y organismos de la Administración pública. Constitucionalmente, el jefe de Estado y, sus ministros, (v. PODERES DEL ESTADO.)
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