Definición de POBRE


    El que carece de lo necesario para su sustento material. Quien vive estrechamente, sometido a privaciones de cosas comunes. .Persona que pertenece a la clase social más modesta. Judicialmente, quien tiene derecho a litigar con beneficio de pobreza (v.e.v.), que suele ser el sujeto que vive de un jornal o salario eventual, o quien no dispone de ingresos superiores al doble-de esa base. Mendigo, pordiosero. Humilde, infeliz. De corto ánimo.
    Dentro del Derecho Civil, .a los pobres se les permite excusarse de la tutela y protutela, siempre que no puedan atender una u otra sin menoscabo de su subsistencia (art. 244 del Cód. Civ. esp.). Los "desheredados det la fortuna* pueden ser objeto de una institución sucesoria especial, que el art. 749 del mismo código delinea así: "Las disposiciones hechas a favor de los pobres en general, sin designación de personas ni de población, se entenderán limitadas a los del domicilio del testador en la época de su muerte, si no constare claramente haber sido otra su voluntad. La calificación de los pobres y la distribución de los bienes se harán por la persona que haya designado el testador, en su defecto por los albaceas, y, si no los hubiere, por el párroco, el alcalde y el juez municipal, los cuales resolverán, por mayoría de votos, las dudas que ocurran. Esto mismo se hará cuando el testador haya dispuesto de sus bienes en favor de los pobres de una parroquia o pueblo determinado" El Cód. Civ. arg. admite también la institución hereditaria a favor de los pobres, pero la reduce al carácter de legado a favor de los pobres del pueblo de residencia del testador (art. 3.722).
    Este mismo texto determina conjo presunción en materia de donaciones el haber dado alguna cosa de poco valor a los pobres (art. 1.818).
    Acerca de la fragilidad del espíritu humano que en los litigios tiende, por sumisión al poderoso, a pronunciarse a su favor o, por compasión, a quebrar la igualdad de la justicia en el opuesto sentido, el Éxodo condena ambas actitudes y afirma la soberanía de la justicia al declarar sucesivamente: "Ni aun del pobre has de tener compasión tratándose de la justicia"; y "no tuerzas la justicia condenando al pobre" . (v. ABOGADO, LEY, PADRE V PROCURADOR DE POBRES.) (3.538, 3.539, 3.639, 3.840, 3.877, 5.888, 6.412, 6.459, 6.501, 6.502.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...