- En el cuerpo diplomático, luego de los embajadores, legados y nuncios, los ministros plenipotenciarios ocupan la segunda categoría reconocida actualmente en la representación internacional de los Estados. Reciben asimismo el nombre de enviados extraordinarios; y, aunque presentan sus cartas credenciales ante el jefe del Estado, su relación ulterior es con los ministros del gabinete, y no con el presidente o monarca, privilegio de los embajadores.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda