- Se encuentra establecido en la Argentina por la Ley 12.948. Es desempeñado por un procurador general, asistido por un número de representantes fijado reglamentariamente. Sus atribuciones, dentro de la materia laboral son: a) representar y defender los intereses fiscales; b) intervenir en todo asunto judicial que interese a la persona o bienes de los menores de edad, dementes y demás incapaces, y entablar en su defensa las acciones o recursos necesarios, directamente o junto con los representantes de aquéllos; c) velar por el cumplimiento de las leyes, decretos, reglamentos y demás disposiciones que deban aplicar los tribunales de trabajo, y pedir el remedio de los abusos Que note: d) ser parte necesaria en todas las causas del trabajo y en las contiendas de jurisdicción y competencia: e) representar a la caja de garantías en todas las jurisdicciones (art. 21); /) interponer apelación en todas las causas, cualquiera sea el importe de las mismas (art. %); g) autorizar los mandatos de los menores adultos, los cuales pueden comparecer en juicio por sí solos en esta jurisdicción (art. 37).
[Inicio] >>

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda