- Peculiar movimiento de justicia social suscitado en la Argentina luego de la revolución de junio de 1943. Representa una tercera posición, frente a extremismos de derecha e izquierda, que no sólo se manifestó en el orden interno, sino también en el externo. Adquirió expresión constitucional en el texto de 1949, que ya en las innovaciones del preámbulo insertaba "la irrevocable decisión de constituir una nación socialmente justa". El desenvolvimiento de este principio se plasmaba en el extensísimo art. 37, en las declaraciones de los derechos del trabajador, de la familia y de la ancianidad. Posiblemente, el n 6o de la primera de las citadas declaraciones sea lo más expresivo de esta tendencia, en. cuanto al orden práctico. Dice, al establecer el llamado derecho al bienestar: "El derecho de los trabajadores al bienestar, cuya expresión mínima se concreta en la posibilidad de disponer de vivienda, indumentaria y alimentación adecuadas, de satisfacer sin angustias sus necesidades y las de su familia en forma que les permita trabajar con satisfacción, descansar libres de preocupaciones y gozar mesuradamente de expansiones espirituales y materiales, impone la necesidad social de elevar el nivel de vida y de trabajo con los recursos directos e indirectos que permita el desenvolvimiento económico", (v. DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL TRABAJADOR, JUSTICIA SOCIAL.)
[Inicio] >>

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda