- Suma de dinero que un particular, sociedad u organismo con patrimonio propio tiene a su disposición inmediata, en poder de comerciante o banquero. Constituyen garantía eficaz de solvencia y posibilidad expedita de girar contra tales recursos. Se consideran como tales, de manera especial: el dinero depositado en cuenta corriente contractual y la suma procedente de la apertura de un crédito.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda