- La voz proviene del latín finiré, acabar o extinguir; ya que, efectivamente, el finiquito acaba o extingue la deuda. Propiamente constituye el remate de las cuentas, el recibo liberatorio; la certificación que una persona da al administrador de sus bienes, cuando éste le rinde cuentas, y en la cual se da por satisfecho de la gestión y del alcance resultante de ella.
El finiquito puede ser genera lo especial: lo primero, cuando se da por la totalidad de las cuentas, y por lo común con la declaración de no tener, nada que pedir al deudor o administrador; lo segundo, cuando se da por razón de alguna entrega parcial de un crédito o por una cuenta particular de una administración.
Finiquito ha significado también definimiento, o decisión última de un Juicio, pleito o cuestión judicial.
Dar finiquito se dice; por terminar con un caudal o patrimonio o con otra cosa cualquiera, (v. CARTADE PAGO, RECIBO, RENDICIÓN DE CUENTAS.)
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