- En su acepción magna, el conjunto de todas las ciencias. { En significados descendentes, la obra que se ocupa de diversas ramas del conocimiento o la serie de tratados que a distintas ciencias se refiere. Diccionario enciclopédico. El enciclopedismo o movimiento intelectual francés de mediados del siglo XVIII.
Se conciben las enciclopedias como repertorios universales de los conocimientos humanos, siendo su objeto el facilitar las noticias que "en cada asunto se desean; y, a estar a la opinión de Manuel Torres Campos, deben atender preferentemente los progresos de la cultura y las aspiraciones de los distintos tiempos. Toda enciclopedia, como todo diccionario, tiene el defecto de presentar, sin otro sistema que el arbitrario que el alfabético da, la totalidad de conocimientos que aparecen así desagrupados, sin unidad y sin método; pero al mismo tiempo, su ventaja está en proporcionar, en un momento dado, el detalle que se necesita y la compulsa que se apetece, sin necesidad de complicadas búsquedas.
Entre las más antiguas enciclopedias de que se tiene conocimiento, figuran lós estudios de Ringel* berg: Ciclopedia (1541), y los de Scalich: Enciclopedia sen orbis disciplinarum turn sacrarum, tum profanarum (1559). Es conocida umversalmente la enciclopedia publicada en París, a finales del siglo XVIII, por Diderot y DAlambert, cuya repercusión fué universal.
En lo que hace a las enciclopedias jurídicas, publicadas en los diversos países, principalmente europeos, han tenido éstas cultores destacados y gran influencia. Tomando únicamente aquellas que han sido traducidas al castellano o publicadas directa mente en este idioma, se señala la justificada importancia que se ha concedido a esta clase de estudios. La voz enciclopedia jurídica parece que fué empleada por primera vez por el alemán Pütter en su Neur Vesuch einer juristischen Encyclopacdie und Mcthodologie (Gotinga, 1757-67). Ahora bien, este estudio, como otros muchos que llevan también el nombre de enciclopedias, no abarcan sino el estudio de los elementos preparatorios para el conocimiento general del Derecho, y conviene, por ello, reservar esta denominación para aquellos tratados que comprendan el conocimiento y -estudio de la Ciencia del Derecho en sus diversos aspectos, materias o rama9 én* que se divide.
Sin citar más que algunos diccionarios y enciclopedias, correspondientes a América y a España, podemos encabezar la relación, por su orden de antigüedad, con el Manual, Compendio o Repertorio de Derecho de Montalvo (Repertorium sive tabula nota- bilium questionum-articulorum; dictorum et de ómnibus hisque ex copiossimis dictiS doctorum, Sevilla, 1477), que ha servido de germen, como señala Torres Campos, a quien seguimos, para cuantos diccionarios jurídicos se han publicado después. Compuesta antes, pero impresa más tarde que la de Montalvo, está la obra de Bonifacio Pérez: La Peregrina o, sea, Diccionario alfabético de ambos Derechos (Sevilla, 1498). Vienen después, por la fecha de su publicación, el Diccionario del Derecho Civil, de Lebrija (Lexicón Juris Civilis contra quos- dam insignis Accursi errores, Salamanca, 1511); el Repertorio de las leyes de Castilla, por Hugo Celso (Repertorio decisivo de todas las leyes del Reino, Valladolid, 1538); el Repertorio de los Fueros de Valencia, de Ginart (Repertori general y brevi su- mari per orde albabetich de totes les múteries deis Furs de Valencia, fins les Corts del any 1604 inclusive, y deis Privilegis de dita Ciutat y Regne, Valencia, 1608); el Diccionario histórico y forense del Derecho real, de Cornejo, en dos tomos (Madrid, 1779-84); el Teatro de la Legislación Universal de España e Indias, de Pérez y López (Madrid, 1791), obra extraordinaria en veintisiete tomos; y el Diccionario razonado de Legislación y Jurisprudencia, de Joaquín Escriche, cuya primera edición se publicó en París, el año 1831, y del que se han hecho varias ediciones, * algunas autorizadas por su autor, otras clandestinas, debiéndose considerar como la mejor de todas la de París, de 1869. Queda también que consignar la Enciclopedia española de Derecho y Administración, de Arrazola, obra monumental, cuya publicación se inició en Madrid en 1848; y el Diccionario de la Administración Española, de Martínez Alcubilla, cuya primera edición se inició en 1858, y cuya publicación aún subsiste, siendo, a nuestro juicio, la obra jurídica de tal carácter másextensa que se ha publicado en castellano hasta la fecha. En América, y durante el pasado siglo, se publicaron el Diccionario de la Legislación peruana (Lima, 1860-64), de Calderón, y el Diccionario de Derecho Civil chileno (Valparaíso, Í862), de González.
En lo que va de siglo, tanto en los países europeos y americanos, se han publicado importantes enciclopedias y diccionarios, entre los que destacan la Enciclopedia Jurídica Española, editada por Francisco Seix con la colaboración de un destacado grupo de juristas, la cual, sin contar los apéndices anuales, consta de treinta tomos.
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