- Acción o efecto de empatar o. igualar en una votación. En Derecho Político, motiva una segunda elección. A veces, el empate electoral no coincide con el matemático; sino que consiste en no obtener, al menos en la primera votación, la mayoría absoluta o cualificada (por ejemplo, la de los dos tercios) que las leyes, reglamentos, estatutos o disposiciones requieran. Este empate relativo suele definirse en una segunda votación entre los candidatos o pareceres más apoyados en la primera. ][ En las resoluciones de los tribunales colegiados, el empate se denomina discordia (v.e.v.).
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