- Con fórmula elástica, equitativa y elegante, el art. 146 del Cód. Civ. esp. determina que la cuantía de tos alimentos "será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe". Además, tal determinación no se petrifica; pues los alimentos "se reducirán o aumentarán propor- cionalmente según el aumento o disminución que sufran las necesidades del alimentista y la fortuna de quien hubiere de satisfacerlos" (art. 147). (v. ALIMENTOS.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual