- La conversión de las mismas en inscripciones de dominio procede: 19 cuando lo ordene una sentencia judicial en el correspondiente juicio; 29 cuando recaiga resolución firme en el expediente de dominio; cuando hayan transcurrido diez años desde la fecha de la inscripción, siempre que en el Registro no aparezca asiento de fecha posterior, certificación o demanda que la contradiga. La conversión requiere nuevo asiento (arts. 339 de la Ley Hipot. esp. y 495 de su Regí.).
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales