- Ficción jurídica por la cual se supone que el enajenante entrega la cosa al adquirente, y que éste la vuelve a transferir al primero, para que la posea no ya en nombre propio, sino en el del adquirente. Así, quien enajena, queda en posesión corporal de la cosa, y el que adquiere cuenta con la propiedad y la posesión civil. Es el caso del vendedor de una propiedad cuando continúa viviendo en ella. (522.)
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
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