- Locución latina. Representante judicial en asunto propio. El que, debiendo su calidad al actor en un litigio, procedía al servicio de su propio interés; ya que, de vencer en el pleito, estaba dispensado de rendir cuentas de los beneficios logrados, (v. CESIÓN DE ACCIONES.)
[Inicio] >>

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales