- Se dice del año que tiene un día más que los otros. El día bisiesto es el 29 de febrero. Los plazos anuales que se cuentan a partir de un 29 de febrero, y no correspondan a períodos de cuatro años o múltiplo exacto, se estimarán vencidos el 20 de lebrero que corresponda, según las anualidades. En este mismo día (28 de febrero), se considerará que cumplen sus años, hecho importante para la mayoría de edad, emancipación, etc., los nacidos en día bisiesto. La razón de tal preferencia, fremo al do unmu (unto exacto quisó», en otro aspecto), estriba en que así resulta siempre el último día de febrero, tenga 28 ó 29 días. (v. Affo BISIESTO.)
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