- Ardid para lograr un fin. Habilidad para engañar.
La astucia es circunstancia agravante, a tenor de ¡o dispuesto en el ar¿. 10, circ. 7* del vigente Cód. Pen. esp.
La astucia, declara el Trib. Supr. de España, es inherente al delito de estafa; con lo cual pierde su independencia de agravante; pero no es consubstan cial con el hurto (ya que existe diferencia entre llevarse lo que se encuentra en una habitación solitaria, y apoderarse de eso mismo, presente el dueño, pero distraído por las fingidas zalamerías de una cómplice). Puede constituir por sí sola la alevosía, »obre todo si se emplea en el momento de la agredón. Procede con astucia quien se vale de medios conducentes a realizar el delito sin que la víctima pueda descubrir anticipadamente el propósito; como una cita engañosa en el lugar en que es atacada o despojada: la llamada vulgarmente encerrona (v.e.v.; y. además, CIRCUNTANCIAS AGRAVANTES). (2.389, 2.484.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual