- Ardid para lograr un fin. Habilidad para engañar.
La astucia es circunstancia agravante, a tenor de ¡o dispuesto en el ar¿. 10, circ. 7* del vigente Cód. Pen. esp.
La astucia, declara el Trib. Supr. de España, es inherente al delito de estafa; con lo cual pierde su independencia de agravante; pero no es consubstan cial con el hurto (ya que existe diferencia entre llevarse lo que se encuentra en una habitación solitaria, y apoderarse de eso mismo, presente el dueño, pero distraído por las fingidas zalamerías de una cómplice). Puede constituir por sí sola la alevosía, »obre todo si se emplea en el momento de la agredón. Procede con astucia quien se vale de medios conducentes a realizar el delito sin que la víctima pueda descubrir anticipadamente el propósito; como una cita engañosa en el lugar en que es atacada o despojada: la llamada vulgarmente encerrona (v.e.v.; y. además, CIRCUNTANCIAS AGRAVANTES). (2.389, 2.484.)
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
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