- Se dice del escrito sin firma, o con firma desconocida, que tiene por objeto amenazar, insultar, inculpar, delatar o acusar a alguna persona. Libelo infamatorio, escrito en prosa o en verso, sin nombre del autor. | | Secreto que acerca de su nombre guarda un autor, u ocultación del mismo en obra buena o mala. (Y. OBRA ANÓNIMA.) Es disparate decir anonimato.
Las denuncias anónimas no deben ser admitidas; y toda inculpación debe ir firmada por la persona que la haga, criterio aceptado en Derecho Procesal. (Y. AMENAZA, DELACIÓN)
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales