- El Consejo superior de la . marina. Conjunto de oficiales generales de la armada. jj Lo perteneciente al almirantef como el conjunto de sus atribuciones, prerrogativas y territorio en que ejerce su jurisdicción. | | Juzgado especial de un almirante. Antiguamente, derecho que los barcos mercantes pagaban en los puertos, para sostener la marina real.
Los derechos del almirantazgo constituían un impuesto establecido a favor de Colón y de sus descendientes, como dotación del cargo de almirante de indias, equiparado al almirante de Castilla, cargo creado por Fernando III, y supremo mando naval de España. Carlos V, en 1547, socavó esos derechos, pues limitó las prerrogativas a que los descendientes de Colón se llamaran almirantes de las Indias. Como transacción se les asignó una renta de 17.000 ducados; que todavía, en la primera mitad del siglo xix, se pagaba con cargo a las cajas de La Habana, Puerto Rico y Manila. Posteriormente, Felipe V estableció otros derechos del almirantazgo, couoiclcrada ¿ote «eme «rgauiomv superior naval. Se llamaban derechos de anclaje o ancora je, de toneladas y de limpias de puertos; y subsistieron hasta suprimir tal cuerpo Fernando Vi, con lo cual esos ingresos iban directamente al fisco, pata amvrúíaf la deuda pública*
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
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