- El obrero que tiene por oficio construir o reparar edificios. Cuenta con privilegio, para el cobro de las sumas que le son debidas por su trabajo, sobre el valor del inmueble en cuya construcción o reparación haya intervenido (art. 3.931 del Cód. Civ. arg.).
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales