Definición de "AD REM"


    Locución latina. Expresa el derecho que »c tiene a la cosa» Los jurisconsultos de la Edad Media, como los romanistas y canonistas, dieron el nombre de jus ad rcm a los derechos personales, o de obligación, en los cuales el sujeto pasivo es determinado; y la cosa, objeto del derecho, una prestación de la actividad humana.


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