346 Nación deberá enviar al Consejo de la Magistratura de la Nación el título que designa a los senadores Luis Alfredo Juez y Humberto Luis Schiavoni, como consejeros titular y suplente respectivamente, en representación de la segunda minoría de dicha cámara para el período 2022-2026, a partir de la propuesta efectuada por el bloque al que pertenecen, para lo cual se fija el plazo de cinco (5) días hábiles. En caso de incumplimiento por parte de la presidencia del Honorable Senado de la Nación, el Consejo de la Magistratura de la Nación deberá arbitrar los medios necesarios para que el senador Luis Alfredo Juez se incorpore a dicho órgano como consejero titular (artículo 2° de la ley 24.937). A tal fin, resultará suficiente lo dispuesto en el presente pronunciamiento. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Notifíquese a las partes, póngase en conocimiento del Consejo de la Magistratura y devuélvase.
Horacio RosATTI — CARLos FERNANDO ROSENKRANTZ — JUAN CARLOS
MAQUEDA.
Recursos extraordinarios interpuestos por el Honorable Senado de la Nación, representado por la Dra. Graciana Peñafort Colombi, Directora General de Asuntos Jurídicos, con el patrocinio de los Dres. Esteban P. Lopardo y Sergio R. M. Landin; el Dr.
Rodrigo Cuesta, Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal y ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal; y por los Senadores Nacionales por la Unidad Ciudadana, Dra. Juliana Di Tullio, Dr: Martín Doñate y Dra. Anabel Fernández Sagasti, con el patrocinio del Dr. Julio Roberto Melchor Chavarría.
Traslados contestados por Humberto Luis Schiavoni, Senador Nacional y Presidente del Bloque Frente PRO-, y Luis Alfredo Juez, Senador Nacional, actores en autos, con el patrocinio del Dr. Pablo Luis Manili.
Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala I.
Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 5.
Compartir
81Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 2023, CSJN Fallos: 346:1470
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-346/pagina-1470
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 346 Volumen: 1 en el número: 1476 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos