ración General tenía el deber de acatar y la norma solo exige que se dicte una resolución fundada cuando se considera que existen necesidades de servicio que justifican el pago del adicional pese a que no concurren los requisitos, por lo cual la decisión de la administración responde al ejercicio de una facultad reglada por la ley (Voto del juez Rosenkrantz).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de diciembre de 2023.
Vistos los autos: "Poggio, María Marta c/ Procuración Gral. de la Nación y otro s/ varios".
Considerando:
1") Que la actora promovió demanda contra la Procuración General de la Nación con el objeto de que se declare la nulidad de las resoluciones del Procurador General de la Nación de fecha 26 de mayo, 11 de agosto y 17 de diciembre de 2009, dictadas en el marco del expediente administrativo P3359/2009, por las que se rechazó su solicitud de percibir diferencias de remuneración por su desempeño como Fiscal Subrogante de la Fiscalía Federal de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires.
Relató que, el 5 de febrero de 2009, por la resolución MP 3/09 fue designada como Fiscal Subrogante en reemplazo del Dr. Juan Patricio Murray, Fiscal Federal Subrogante, durante el tiempo que este estuviese ausente de la fiscalía por tener que cumplir funciones en la jurisdicción de San Martín, Provincia de Buenos Aires, en causas por violaciones a los derechos humanos. Destacó que, mientras cumplía esas tareas, continuó percibiendo las remuneraciones correspondientes a su cargo de Secretaria Subrogante de la Fiscalía, sin habérsele retribuido las diferencias salariales entre las sumas correspondientes a esa función y el cargo más alto desempeñado.
Manifestó que, el 22 de abril de 2009, efectuó un reclamo ante la demandada por la diferencia, que fue rechazado por el Procurador General de la Nación, mediante la resolución del 26 de mayo de ese año. Contra dicho acto interpuso un recurso de reconsideración que
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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:1473
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