Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 346:1132 de la CSJN Argentina - Año: 2023

Anterior ... | Siguiente ...

intervenido en el asunto en virtud de la delegación de facultades referida en el considerando 2° de este pronunciamiento. Tal estado de cosas torna inaplicable en el caso el criterio emergente de Fallos: 328:3175 ; 329:3884 y 330:4368 , entre otros (arg. causa CSJ 8/2005 (41-J)/CS1 "Jujuy, Provincia de c/ Administración Federal de Ingresos Públicos (DGD s/ revocación de resolución", sentencia del 13 de diciembre de 2011).

En consecuencia, las costas del proceso serán impuestas en el orden causado, con excepción de las correspondientes a la intervención de Plaquimet San Luis S.A., las que serán soportadas por la Provincia de San Luis, ya que, con el dictado del decreto que se declara nulo, indujo a error a la firma citada como tercera (art. 68, segundo párrafo, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se decide: Hacer lugar a la demanda entablada contra la Provincia de San Luis y, en consecuencia, declarar la nulidad absoluta de los decretos 1335-ITMyP-SIyM-96, rectificado por el 3576-ITMyP-SIyM-98, y del 5518-MP-2006. Con costas por su orden, con excepción de las correspondientes a la intervención de Plaquimet San Luis S.A., las que serán soportadas por la Provincia de San Luis (arts. 1, decreto 1204/01 y 68, segundo párrafo, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Notifíquese, comuníquese a la Procuración General de la Nación y, oportunamente, archívese.


CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ — JUAN CARLOS MAQUEDA — RICARDO
Luis LORENZETTI.

Parte actora: Fisco Nacional -Administración Federal de Ingresos Públicos-, representado por sus apoderados, Dres. Enrique Carlos Carballo, Laura Rodríguez Campos y Marta Franco, con el patrocinio letrado de los Dres. Juan Manuel Elizagaray, Jorge Horacio Fraga, Marcelo José Malagón, Mario Alberto Stein, Sergio Cerdán y Raúl Ignacio Martínez Pita.

Parte demandada: Provincia de San Luis, representada por los Dres. Pablo Miguel Jacoby, Sandra Sirur Flores, R. A. Patricio Carballés, con el patrocinio letrado de los Dres. Mario Ernesto Alonso y Fernando Oscar Estrada, ex Fiscal de Estado y Fiscal de Estado Adjutor, respectivamente.

Tercero citado: Plaquimet San Luis S.A., representada por sus apoderados, Dres Carlos Alberto Mencia y Daniel Antonio Funes.

Ministerio Público: Dra. Laura M. Monti.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

87

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2023, CSJN Fallos: 346:1132 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-346/pagina-1132

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 346 Volumen: 1 en el número: 1138 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos