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Fallos: 345:251 de la CSJN Argentina - Año: 2022

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ZEKI, JUAN CARLOS c/ MUNICIPALIDAD DE CORONEL

SUAREZ s/ PRETENSIÓN INDEMNIZATORIA — EMPLEO PÚBLICO

RECURSO DE QUEJA
La queja contemplada en el art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación constituye un medio de impugnación solo de decisiones que deniegan recursos deducidos para ante la Corte, por ello frente a la ausencia de toda decisión denegatoria -expresa o implícita- del recurso extraordinario, la queja es inadmisible por no configurar la vía apta para obtener la revisión del pronunciamiento impugnado. (°)
AGUIRRE, GABRIELA YOLANDA c/ QUEVEDO, EULALIA

Y Otro s/ DAÑos Y PERJUICIOS (ACCIDENTE DE TRABAJO)

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA
Es arbitraria la sentencia que confirmó, con excesivo rigor formal, la declaración de caducidad de instancia del proceso donde se reclamaba la indemnización por fallecimiento del trabajador, pues no ponderó de manera adecuada la falta de intervención oportuna que correspondía otorgar al Ministerio Público con competencia local para ejercer la representación promiscua de los niños involucrados en la causa.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

MINISTERIO PUBLICO
Son descalificables las sentencias que omiten dar intervención al ministerio pupilar para ejercer la representación promiscua cuando la resolución compromete en forma directa los intereses de niños, niñas y adolescentes, por cuanto ello importa desconocer el alto cometido que la ley le ha asignado a dicho órgano, y no solo menoscaba su función €) Sentencia del 3 de mayo de 2022. Ver en https://sj.esin.gov.ar/homeSJ/.

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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:251 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-345/pagina-251

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