4) Que, en consecuencia, toda vez que el recurso extraordinario fue interpuesto contra la decisión que declaró improcedente el recurso de reposición planteado contra la decisión en definitiva cuestionada y una vez transcurrido el plazo de diez días fijado por el art. 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para su interposición, el remedio federal resulta extemporáneo.
Por ello, se desestima el recurso de queja interpuesto. Notifíquese y, oportunamente, archívese.
CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ — ELENA I. HIGHTON DE NoLAsCO — JUAN
CARLOS MAQUEDA — RICARDO Luts LORENZETTI - HORACIO ROSATTI.
Recurso de queja interpuesto por Nancy Mabel Arias Campos viuda de Maldonado, Camila Celeste Maldonado y Ceila Andrea Maldonado, representadas por el Dr: José Orlando Moreno.
Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba.
Tribunal que intervino con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba.
CORRIENTES, PROVINCIA DE c/ ESTADO NACIONAL s/
ACCIÓN DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
MEDIO AMBIENTE
Corresponde rechazar el planteo de nulidad e inconstitucionalidad de las resoluciones 1238/11 dictada por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y de la resolución 1149/11 dictada por la Jefatura de Gabinete de Ministros, en cuanto dispusieron que las obras de la provincia eran incompatibles con leyes nacionales y acuerdos internacionales, pues si bien la obra proyectada por la provincia actora se realizaría sobre recursos hídricos que nacen y concluyen dentro de su territorio, las autoridades nacionales resultan competentes para adoptar un temperamento protector del medio ambiente en ejercicio de facultades precautorias ante una situación de peligro, en razón de que, según surge de los estudios interdisciplinarios realizados en la causa, las aguas que serán afectadas por las obras conforman la Cuenca Hídrica Ayuí Grande-Río Miriñay-Río Uruguay, siendo este último de carácter internacional.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:251
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