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ARTICULO 952.-Efectos La remisión de la deuda produce los efectos del pago. Sin embargo, la remisión en favor del fiador no aprovecha al deudor. La hecha a favor de uno de varios fiadores no aprovecha a los demás.
1. introducción
La remisión de la deuda produce los efectos del pago.
Esto significa que se extinguirá la obligación principal con todos sus accesorios y garantías (art. 857 CCyC y concs.).
A su vez, la normativa regula los efectos de la remisión en lo que respecta al fiador.
Interpretacion COMENTADA al Art. 952 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 949 ] [ Art. 950 ] [ Art. 951 ] 952 [ Art. 953 ] [ Art. 954 ] [ Art. 955 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 952 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO I
- Obligaciones en general
>>
CAPITULO 5
- Otros modos de extinción
>
SECCION 5ª
- Renuncia y remisión
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También puedes ver: Art.952 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion