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ARTICULO 2021.- Facultades materiales. Prolongación. El condómino puede adosar construcciones al muro, anclarlas en él, empotrar todo tipo de tirantes y abrir cavidades, aun en la totalidad de su espesor, siempre que del ejercicio regular de ese derecho no resulte peligro para la solidez del muro.
1. Introducción
Con estas normas se inicia la regulación de las facultades materiales que cuentan los condóminos respecto del muro medianero. Tales prerrogativas se agrupan en unos pocos artículos, lo que demuestra, una vez más, el apartamiento del legislador al excesivo ca- suismo que se verificaba en el CC.
Interpretacion COMENTADA al Art. 2021 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 2018 ] [ Art. 2019 ] [ Art. 2020 ] 2021 [ Art. 2022 ] [ Art. 2023 ] [ Art. 2024 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2021 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO CUARTO
- DERECHOS REALES
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TITULO IV
- Condominio
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CAPITULO 5
- Condominio con indivisión forzosa perdurable
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SECCION 2ª
- Condominio sobre muros, cercos y fosos
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También puedes ver: Art.2021 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion