- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 1609.- Concepto. Hay contrato de juego si dos o más partes compiten en una actividad de destreza física o intelectual, aunque sea sólo parcialmente, obligándose a pagar un bien mensurable en dinero a la que gane.
1. Introducción
1.1. Comparación con la normativa anterior Este artículo tiene como fin la regulación de los contratos de juegos. El Código Civil ya regulaba este tipo de contratos, dentro de los contratos aleatorios, en 19 artículos. El Código Civil y Comercial reduce de manera eficaz la cantidad a cinco artículos, del art. 1609 al 1613 CCyC, incluyendo a los juegos, la apuesta y los sorteos.
Es muy importante continuar con la regulación de este tipo de situaciones debido al crecimiento y la complejidad que tienen este tipo de vínculos en la vida social y sus consecuencias jurídicas en los casos de deudas contraídas por motivo de ellas (del juego), teniendo en cuenta, también, la posibilidad de aplicar el régimen de defensa del consumidor a estos casos.
Interpretacion COMENTADA al Art. 1609 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 1606 ] [ Art. 1607 ] [ Art. 1608 ] 1609 [ Art. 1610 ] [ Art. 1611 ] [ Art. 1612 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1609 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO IV
- Contratos en particular
>>
CAPITULO 25
- Contratos de juego y de apuesta
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.1609 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual