ARTICULO 1511 Aplicación a otros contratos del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


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    ARTICULO 1511.- Aplicación a otros contratos. Las normas de este Capí­tulo se aplican a:

    a. los contratos por los que se conceda la venta o comercialización de software o de procedimientos similares; b. los contratos de distribución, en cuanto sean pertinentes.

    1. Introducción

    Las normas del contrato de concesión han de extenderse a los contratos que se mencionan en este artí­culo.
    Cabe recordar que la distribución de productos es un fenómeno que involucra diversas figuras convencionales, razón por la cual la norma permite aplicar a otros contratos las normas contenidas en este Capí­tulo.

    Interpretacion COMENTADA al Art. 1511 (con jurisprudencia)

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    ¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1511 del Código Civil y Comercial Argentina?

    Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
    LIBRO TERCERO
    - DERECHOS PERSONALES
    >>
    TITULO IV
    - Contratos en particular
    >>
    CAPITULO 18
    - Concesión
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    También puedes ver: Art.1511 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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