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ARTICULO 1291.- Extensión de la responsabilidad. Además de su responsabilidad por incumplimiento del contrato o retraso en su ejecución, el transportista responde por los siniestros que afecten a la persona del pasajero y por la avería o pérdida de sus cosas.
1. Introducción
El transportista es responsable por el incumplimiento de sus obligaciones que alcanza a los siniestros que afecten al pasajero y la avería o pérdida de sus cosas.
Interpretacion COMENTADA al Art. 1291 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 1288 ] [ Art. 1289 ] [ Art. 1290 ] 1291 [ Art. 1292 ] [ Art. 1293 ] [ Art. 1294 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1291 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO TERCERO
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TITULO IV
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CAPITULO 7
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También puedes ver: Art.1291 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion
 
    

 ➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013 ➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
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➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina ➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual
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