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ARTICULO 1281.- Ámbito de aplicación. Excepto lo dispuesto en leyes especiales, las reglas de este Capítulo se aplican cualquiera que sea el medio empleado para el transporte. El transporte multimodal se rige por la ley especial.
1. Introducción
La norma hace referencia a la delimitación de validez de los artículos contenidos en el Libro Tercero, Título IV, Capítulo 7, vale decir, especifica cuándo, dónde y sobre quién se aplicarán las reglas allí dispuestas.
Interpretacion COMENTADA al Art. 1281 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 1278 ] [ Art. 1279 ] [ Art. 1280 ] 1281 [ Art. 1282 ] [ Art. 1283 ] [ Art. 1284 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1281 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO IV
- Contratos en particular
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CAPITULO 7
- Transporte
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SECCION 1ª
- Disposiciones generales
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También puedes ver: Art.1281 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion