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- DECRETO 594/2021
- NEUQUEN, 13 de Abril de 2021
- Boletín Oficial, 23 de Abril de 2021
- Vigente, de alcance general
Artículo 1°: ADHIÉRASE en los términos del presente al Decreto Nº 235/21 del Poder Ejecutivo Nacional.
Artículo 2°: PRORRÓGANSE desde el día 10 de abril y hasta el día 30 de abril de 2021 inclusive, los efectos y alcances de los artículos 2º y 3º del Decreto Nº 0371/20, y todas aquellas normas que se hayan dictado en consecuencia, con plena validez de los actos cumplidos o que se cumplan.
Artículo 3°: DELÉGASE en el Ministro Jefe de Gabinete las facultades de adoptar disposiciones adicionales en los términos del artículo 17, disponer ampliaciones de horarios en los términos del artículo 19 en caso de corresponder, requerir autorizaciones en los términos del artículo 26, todos ellos del Decreto Nº 235/21 del Poder Ejecutivo Nacional.
Artículo 4º: ESTABLÉZCASE que la presente norma entrará en vigencia a partir del día 10 de abril de 2021.
Artículo 5º: INVÍTASE a los Municipios y Comisiones de Fomento a adoptar medidas similares a la presente.
Artículo 6º: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Jefe de Gabinete y la señora Ministra de Gobierno y Seguridad.
Artículo 7º: Comuníquese, publíquese, dese intervención al Boletín Oficial y Archívese.
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Fuente de Información

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda